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jueves, 17 de junio de 2010

EL PROCESO LEGISLATIVO. VIDA Y MUERTE DE UNA LEY.

El proceso legislativo
(Vida y muerte de una ley)
Por C.H.P

1) Un autor alemán o norteamericano escribe un tratado de 1500 páginas (si es alemán) o un “paper” de 25 (si es norteamericano) sobre delitos de riesgo, dolo eventual, deber objetivo de cuidado y otros conceptos propios de la dogmática penal

2) La obra académica da lugar a que el Congreso de dicho país expida una ley que penaliza con 10 años de prisión el exceso de velocidad y la conducción en estado de embriaguez, independientemente de que se produzca o no un accidente.

3) En la sección de denuncias de un noticiero nocturno entrevistan a un grupo de señoras que cuentan indignadas cómo un grupo de muchachos del barrio hacen “piques” por las noches y “encima lo hacen “jinchos” .

4) Los otros noticieros y diarios del país, para no ser menos, dedican reportajes especiales en los que se denuncia que los jóvenes suelen manejar a 120 km por hora en calles peatonales y que el número de conductores ebrios es alarmante. Además los periodistas denuncian la falta de leyes suficientemente restrictivas que castiguen a quienes ponen en riesgo la seguridad ciudadana. A ello se suma un documental de Pirry sobre el tema.

5) Pronto el problema se vuelve un escándalo. El Tiempo empieza a publicar cartas de ciudadanos indignados que hacen notar que “en los países civilizados” los “sinvergüenzas esos” son castigados con 20 años de cárcel. Las encuestas revelan que el 78% de la población reclama castigos más serios para los infractores.

6) La oposición aprovecha para denunciar la ineficiencia del Gobierno para combatir ese tipo de conductas que son un verdadero problema social.

7) El Gobierno se defiende diciendo que durante el mandato de los partidos de oposición tampoco se hizo nada para combatir ese problema, pero para que quede claro que “este gobierno es el primero en responder a las necesidades sociales” propone un proyecto de ley en el que se penaliza con cadena perpetua y/o pena de muerte a los conductores ebrios y a quienes exceden el límite de velocidad.

8) Un penalista del Externado y/o un ex-magistrado hace notar que la pena está expresamente prohibida por la Constitución.

9) El Gobierno (apoyado por las encuestas) propone convocar a un referendo para modificar (por enésima vez) la Constitución.

10) Después de arduos debates, a los que no asiste la bancada de la oposición por “falta de garantías”, el Congreso expide una ley que convoca al referendo reformatorio de la Constitución, establece el un aumento del 90% en los salarios del Congreso y aumenta en seis meses las vacaciones de los congresistas. La decisión es adoptada en un garito u otro tipo de establecimiento contrario a la moral pública que no se menciona aquí, pero que los lectores pueden intuir. 

11) Después de unos días una de las Congresistas denuncia en un programa radial que el Gobierno no le ha entregado la totalidad de las notarías que le había prometido por votar a favor del Referendo. Los ministros implicados se defienden diciendo que no sabían nada de eso pero que “en el supuesto de que fuera cierto” esa clase de acuerdos es muy común en la política y que la ciudadanía tiene que entender que no hay suficientes notarías, embajadas y cargos burocráticos para pagar rápido a todos los congresistas.

12) La ley aprobatoria del Referendo pasa a la Corte Constitucional. No tardan en llegar intervenciones de ciudadanos conscientes,observatorios de la gestión pública y estudiantes universitarios cuyo examen final es intervenir en el proceso. 

13) Los teléfonos de los magistrados de la Corte empiezan a tener “extraños ruidos”.

14) La Corte Constitucional “en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución” resuelve declarar inexequible la ley impugnada por vicios de forma y porque “el Derecho fundamental a conducir en estado de embriaguez y con exceso de velocidad hace parte del núcleo esencial de garantías y del espíritu del constituyente del 91, de modo que la reforma propuesta realmente sería una sustitución de la Constitución, toda vez que deroga el régimen democrático”.

15) El Gobierno propone otro referendo para hacer desaparecer a la Corte Constitucional o degradarla a la categoría de órgano de consulta subordinado al ejecutivo.

16) Se repite la historia.

lunes, 1 de marzo de 2010

LA DICTADURA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL.Algunas vías de hecho de la Corte...

Cuando uno entra a estudiar leyes (le dicen que es derecho) le enseñan que el juez comunica sus decisiones mediante providencias que se dividen en dos -autos y sentencias-. La razón, aunque puede parecer un formalismo harto, es la posibilidad que las partes en un proceso puedan controvertir las posibles decisiones equivocadas y evitar posibles violaciones, delitos, etc. En resumidas cuentas para evitar lo que en derecho se conoce como "vías de hecho" y evitar la arbitrariedad.

Resulta que curiosamente en palabras de la Corte Constitucional en la Sentencia T-1625 de 2000 M.P. Martha Sáchica sostiene "La vía de hecho únicamente se predica de aquellas decisiones judiciales que impliquen un ejercicio arbitrario de la jurisdicción.". ¿Qué es un ejercicio arbitrario de la jurisdicción? La palabra arbitrariedad  implica un proceder contrario al derecho y basado en la mera voluntad o capricho (1). Es así, por ejemplo, cuando un juez ordena que alguien pague una deuda a otra persona sin tener razones para hacerlo.

La arbitrariedad de los entes del estado se ve claramente en decisiones abusivas de órganos policivos y militares (algunas condenas de la Corte Interamericana lo prueban), y también se ve en los jueces. Lo curioso del asunto es que no se ve tanto en jueces de menor rango como aquellos que creen tener el poder de definir lo que es una vía de hecho: La Corte Constitucional.

La Corte Constitucional, que es dizque la primera encargada de dar ejemplo en la materia, desde la sentencia C-355 de 2006, no comunica sus decisiones por la vía adecuada que permita a las partes el derecho de defensa, sino que comunica una decisión que tiene que cumplirse sin siquiera explicar las razones o motivos que llevan a ello. La Corte Constitucional no actúa como jurista, basta que ella dé un golpe sobre la mesa al que le dan el irónico nombre de "Comunicado de prensa". Desde la sentencia C-355 de 2006 hemos tenido gran variedad de "golpes sobre la mesa" donde la Corte empieza no solamente a ser caprichosa en sus decisiones de fondo, sino a saltarse, al mejor estilo de un dictador, el debido proceso. 

Es así como tenemos gran variedad de sentencias que tenemos que obedecer, sin que estén ejecutoriadas (o sea que se haya dado el plazo para interponer recursos). Algunos de los ejemplos son la C-663 de 2009, la C-930 de 2009, la referente a la reelección, entre otras cuyo número aumenta. La Corte da el golpe sobre la mesa, su decisión que supera el ámbito de la ley, nadie sabe por qué  (porque las razones se las cuentan a uno por encimita) pero todos debemos obedecer ¿Cómo se llama eso? DICTADURA. 

Sin embargo, la gravedad de los golpes sobre la mesa de la Corte Constitucional ha llegado a extremos no solamente de saltarse la comunicación mediante autos y sentencias, sino también excederse en ordenar cosas que no le corresponden. La sentencia más perversa es la T-388 de 2009. La sentencia es tan perversa que tiene fecha de mayo pero su texto se comunica en octubre. Y no solamente eso, a uno en derecho le enseñan que las sentencias de tutela solamente tienen efectos entre las partes "inter partes", resulta que la sala de revisión de la Corte encabezada por el H. Humberto Sierra Porto le impone obligaciones a un montón de entidades del estado que nada tuvieron que ver con el proceso. 

Algún juez-dictador alguna vez dijo "la constitución es lo que los jueces dicen que es..." lo que pasa es que ahora ni siquiera nos dicen qué es la Constitución. Eso significa que esa "excelente" construcción de la "democracia" ahora se ha vuelto el mejor referente de la dictadura hipócrita y sutil que echa el cuento de la existencia de un sistema "participativo". Es una dictadura que se camufla como bondadosa, pero su trasfondo es más perverso... es más perverso porque no revelan su verdadera identidad...


miércoles, 13 de enero de 2010

MITOLOGÍA ACERCA DEL ESTADO (Cuarta Parte)




 SEGUNDO MITO. EL HOMBRE ES UN SER QUE ACTÚA DE FORMA DESORGANIZADA POR ESO REQUIERE QUE OTRO LO ORDENE. ESE OTRO ES EL ESTADO.

Esta tesis tal cual está planteada es verdadera, Kierkegaard la reconoce en su tratado de la desesperación: "La desesperación es una discordancia interna de una síntesis cuya relación se refiere a sí misma"[1](Subrayado personal). Efectivamente el hombre es un ser desorganizado, pero ¿puede organizarlo otro hombre? Pues para eso está la conocida frase, creo que bíblica, que dice “si un ciego guía a otro ciego, los dos caen al hoyo”. Efectivamente, si un ser discordante, guía a otro discordante, al menos ambos permanecerán en la discordancia. La persona es una síntesis, pero discordante por su libertad, en otras palabras es un ser irónico. No solamente esta realidad la profundizó Kierkegaard, creo que cualquier filósofo de la autenticidad trata este tema. Al respecto Fernando González afirmó de una forma muy poética la realidad enunciada por Kierkegaard: “Somos entre dos caminos, el que hunde en las apariencias, cada vez más, o el que sube cada vez a mayor soledad en Dios.”[2].

La discordancia y el desorden humano es prácticamente un problema de la condición humana pero ¿puede resolverlo otro hombre?


1.1   El hombre como ser social necesita ordenar su vida pública en el estado.

Ser social no significa nacer para el estado. Si recapitulamos el estado  no es más que el poder brutal instituido. Y ¿cómo valoramos el poder? En el punto 1.3 de la primera parte vimos que la causa eficiente del poder es simplemente ese deseo concupiscente de imponer nuestras ideas, creencias o actos. Ahora bien, si se trata de imposición El poder  no es más que un acto egoísta, es decir, implica que queremos que otro actúe para nuestro beneficio personal o simplemente no creemos posible que el otro sea capaz de actuar por sí mismo luego "solamente soy el único que puedo ordenar al otro". Creo que el ser social del hombre se ve claramente afectado por el poder porque no se genera un diálogo entre personas sino simplemente una imposición, no hay socialización, no hay intercambio humano, solamente jerarquización... Al no haber socialización, el estado  no es más que una institución egoísta.

¿Puede una entidad basada en el egoísmo ser el producto de la sociedad? ¿No es absurdo afirmar que el egoísmo produce la sociedad?

1.2   "La anarquía equivale al desorden" O "la anarquía es un ideal"

Si la anarquía equivale al desorden ¿muéstrenme el orden que genera el estado ¿Cuál es ese orden de las pasiones humanas que ha logrado el leviatán? Si veo virtud permanente en el territorio que "pertenece" al estado colombiano. Y también en el norteamericano y en el francés  y en todas partes… todas bajo el dominio del estado. Como el estado  no es más que un nombre que se le da al "poder brutal" y el poder brutal no es más que la fuerza o coacción psicológica, física o mediante mentiras que se le hace una persona para imponerle determinado actuar… la coacción nunca generará fuerza porque en la naturaleza más profunda del hombre está el deseo de rebelarse ante la imposición. A una imposición por rebeldía se genera una nueva imposición y así todos nos vamos imponiendo la guerra de todos contra todos, así Hobbes crea en "el Leviatán" que esa guerra se soluciona dejando el poder brutal en manos de uno.

El poder engendra poder… y el poder es lo mismo que la violencia. En la sabiduría antigua puede verse como "el que a hierro mata a hierro muere", por eso el problema de Colombia no es de "fortalecimiento del poder" sino del camino hacia el fin del poder.

Si la anarquía es un ideal, pero más que ideal es una meta. La solución no la alcanzaremos porque es imposible por lo menos para mí extinguir todo deseo de poder, por eso lo que propongo es una filoanarquía. Amor a la anarquía, camino a la anarquía, mediante un recorrido camino en obras, virtud, trabajo y amor… La anarquía no puede imponerse porque si lo es no es más que un acto de poder y bien violento...

1.3   Si no hubiera estado la ansiedad por el desorden humano sería insoportable.

Esa tesis es sostenida por Hobbes y también por muchas personas defensoras de estados fuertes. Sostiene Hobbes “Todo ello hace manifiesto que si los hombres viven sin un poder común que los atemorice se hallan en ese estado o condición que se denomina guerra, guerra tal que es todos contra todos.”[3] Y más adelante sostiene “lo que hay es un continuo temor y peligro de muerte violenta. La vida del hombre se hace solitaria, tosca, embrutecida y breve.”[4]. Pareciese que Hobbes tiene razón, pero su falacia está implícita en el argumento cuando utiliza la palabra “atemorice”. Ya de por sí el estado me genera temor, temor a decir que es un total y terrible error.

Hay dos argumentos con los que se contradice esta tesis de Hobbes. El primer argumento es de carácter histórico y el segundo de carácter ontológico. El histórico se deriva del siguiente mito: “la infalibilidad del estado” si el estado es infalible, se genera efectivamente el problema que no se equivoca y no puede cometer injusticia alguna –pues él lo establece todo, es un dios mortal[5]-. Al ser infalible cualquier conducta que decida, sin importar su bondad o maldad, mientras sea legal, es totalmente legítima.

Esa circunstancia generó la posibilidad de establecer el régimen NAZI, donde el “estado protector” era el “estado asesino” de los judíos. ¿A quién le temíamos? Pues al estado. Hobbes en su ontología sostiene que el hombre es un homo hominii lupus bajo ese razonamiento es idiota pensar que podemos darle nuestra maldad a otro lobo para que legítimamente nos mate. Sin ir más lejos, ha habido varias condenas al estado colombiano en la Corte Interamericana precisamente por violación a los derechos humanos. Al respecto puede consultarse el caso La Rochela[6], 19 comerciantes[7], entre otros de los cuales hay amplia referencia como Mapiripán, Ituango. Y el más grave es el del Penal Castro Castro vs Perú del que no tengo referencia pero puede buscarse. El estado no es el protector como pareciese, sino aquel que tiene legítimamente el poder de matar sin ser juzgado[8].

 El segundo es de carácter ontológico, el ser humano es irónico o discordante como dice Sören Kierkegaard. Esa discordancia no se soluciona con un medio discordante: el poder. Ni tampoco soluciona el problema de raíz: la concupiscencia que nos lleva a la imposición de nuestras ideas. Si siempre va a haber un germen de poder en nosotros, la solución es que cada persona/individuo lo busque resolver ella misma, de lo contrario los “pañitos de agua tibia” del estado no serán más que los mismos actos de los criminales pero legitimados por… nuestra pasividad.


[1] KIERKEGAARD, Soren. TRATADO DE LA DESESPERACIÓN. Editorial Gradifco. Buenos Aires. 1999. Pág. 24

[2]CITA DE LOS NEGROIDES TOMADA DE http://www.otraparte.org/ideas/varios-1.html  09/09/2009 19:41
[3] HOBBES, Thomas. Op cit.. Pág. 23
[4] Ibidem.
[5] Apuntes de clase filosofía del derecho. Universidad de la Sabana. Segundo semestre de 2009. Profesora Titular: Camila Francisca Herrera. Profesor invitado: Iván Garzón Vallejo. Fecha de los apuntes Septiembre 3 de 2009.
[6] La Rochela Vs Colombia. Sentencia Corte Interamericana de Derechos Humanos. Mayo 11 de 2007
[7] 19 Comerciantes vs Colombia. Sentencia Corte Interamericana de Derechos Humanos Julio 5 de 2004.
[8] Las Cortes de Derechos Humanos son un intento absurdo de seguir en la misma lógica. Sus sentencias revelan hechos atroces de amplia notoriedad en donde hay participación de los estados. Sin embargo, es absurdo pretender esta defensa cambiando la soberanía estatal por la soberanía mundial. Es tan absurdo que ahora esos cuerpos internacionales proponen el holocausto contra el más débil. Por eso el derecho internacional es inútil, absurdo y continuador del mismo Hobbesianismo pero con otro nombre que aún no ha sido manchado.

domingo, 10 de enero de 2010

MITOLOGÍA ACERCA DEL ESTADO (Tercera Parte)


SEGUNDA PARTE. MITOLOGÍA ESTATAL.

1.       PRIMER MITO: El estado es una institución soberana que genera el mantenimiento del poder y por ende el mantenimiento del bien común.

El estado  no es más que una ficción para sostener que el "poder brutal" está en cabeza de una persona jurídica externa al líder o mandatario actual. El mito de la soberanía del estado sostiene que, para lograr la continuidad en la búsqueda del "bien común", es necesario "crear" una "institución" que logre la continuidad del mismo. 

Creo que el muy aquí criticado Guillermo de Ockham tiene una ventaja acá con su navaja: hay que cortar el estado para ver qué es lo que realmente existe. Lo que realmente existe no es más que "poder brutal" enmascarado entre declaraciones, leyes y constitución;  que es infalible para algunos "juristas" que nunca han leído a Sócrates porque no es "padre" de la "patria" como Santander...
Inclusive de la lectura previa del mismo Hobbes observamos que el gobierno no está en una persona jurídica sino en un hombre o asamblea de hombres. Por eso, no existe como tal esa institución, sino un conjunto de personas que ejercen el poder. Para corroborar esta tesis tenemos al anarquista norteamericano Lysander Spooner en su obra “El derecho natural: la ciencia de la justicia”[1] nos da muchas luces acerca del paso de ser considerados ladrones, al nacimiento el estado:
La respuesta a esta pregunta es que, a lo largo de toda la historia, siempre que un pueblo ha superado el estado salvaje y ha aprendido a aumentar sus medios de subsistencia a través del cultivo de la tierra, ha habido un número, más o menos grande de hombres, en el interior de este mismo pueblo, que se ha asociado y organizado en bando de asaltadores para despojar y dominar a los demás hombres que tenían acumulado algún bien que era posible arrancarles, o que habían demostrado, con su trabajo, que se les podría obligar a contribuir al sustento o al placer de aquellos que se preparaban para dominarlos. Estas bandas de ladrones, inicialmente en pequeño número, aumentaron su poder uniéndose unas con otras, inventando armas y una disciplina guerrera, perfeccionando su organización de manera que constituyeron un ejército y dividieron entre ellos el producto de sus saqueos (incluidos los prisioneros), según una proporción acordada de antemano, o según las órdenes de los jefes (siempre deseosos de aumentar el número de sus clientes).
Estas bandas de ladrones no tuvieron dificultad para triunfar, dado que aquellos a los que despojaban y dominaban se encontraban comparativamente sin defensa; se dispersaban por la región totalmente invadidos, y sirviéndose de instrumentos rudimentarios y mediante un duro trabajo, arrancaban con esfuerzo su subsistencia de la tierra; no poseían otras armas de guerra aparte de palos y piedras; ignoraban la disciplina y la organización militar, y no disponían de medios que les permitiesen concentrar sus fuerzas o actuar coordinadamente cuando se veían atacados por sorpresa. En estas condiciones, la única solución que les quedaba para salvar cuando menos su vida o la de sus hijos era la de ceder no solamente las cosechas y la tierra que cultivaban, sino también sus propias personas y los miembros de sus familias, reducidos a la esclavitud.
En adelante su suerte consistiría en cultivar para otros, como esclavos, la tierra que hasta entonces habían cultivado para sí mismos. Como estaban constantemente obligados a trabajar, la riqueza iba creciendo poco a poco, pero caía por entero en manos de los tiranos. Estos tiranos, que vivían sólo del saqueo y del trabajo de sus esclavos, y dedicaban toda su energía a capturar nuevos botines y a someter a otros seres humanos indefensos; y que, además de lo dicho, aumentaban en número, perfeccionaban su organización y multiplicaban sus armas de guerra, estos tiranos, decía, prolongaron sus conquistas hasta tal punto que, hoy, les es necesario actuar de manera sistemática y cooperar entre sí tanto para conservar lo que ya poseen como para mantener a sus esclavos en la sumisión. Ello sólo es posible por medio de la instauración de lo que llaman un gobierno y de la proclamación de lo que llaman leyes.
Todos los grandes gobiernos de la tierra - los que hoy existen como los que han ido desapareciendo - han tenido el mismo carácter. No pasan de simples bandas de ladrones que se han asociado con el fin de despojar, conquistar y someter a sus semejantes. Sus leyes, como acostumbran a llamarlas, no son más que pactos que juzgan útil concertar entre sí con el fin de conservar su organización, de ponerse de acuerdo para despojar y dominar a los demás, y de garantizar la parte del botín a repartir. Tales leyes no pueden obligar más que los pactos que los asaltadores, bandidos y piratas establecen unos con otros a fin de perpetrar más fácilmente sus crímenes y poder compartir con la máxima tranquilidad el producto de sus robos. Así, por tanto, en lo fundamental, toda la legislación del mundo tiene por origen la voluntad de una clase de hombres empeñados en el expolio y la dominación de los otros, la manera de como hacer de estos últimos propiedad suya.

1.1   El “estado de derecho.”

De estos mitos encontramos se deriva la tesis del estado de derecho A su vez, ese poder brutal tiene otro mito y es el denominado "estado de derecho". Se sostiene que el poder absoluto -soberanía- está sometido al "derecho" y ¿qué es el derecho? Pues lo que el poder "soberano" diga…  Y ¿qué es el estado de derecho? Pues simplemente que el estado haga lo que diga… ¿qué puede decir? Que los judíos no son personas y merecen torturas… ¿O no Hitler? Tan absurda es la tesis del estado de derecho que puede leerse claramente en Hobbes: “como cada súbdito es autor de todos los actos y juicios del soberano, cualquier cosa que el soberano haga no puede constituir injuria para ninguno de sus súbditos y ni debe ser acusado de injusticia.”[2]

1.2   El "estado de bienestar"

En Colombia con la constitución de 1991 surge el estado de bienestar. Aparte del sueño hermoso que se plasma en ese piropo de obrero que es la Constitución de 1991: resuelve todos los problemas del mundo y en manos del estado. Increíble, hemos llegado tan bajo en política con esta "constitución" que es como si a las mujeres les resultara agradable el piropo de "amor puro" que les lanza un obrero.

Esta constitución tiene pretensiones inmensas. Dios desaparece y cualquier olor a incienso, venga de quien venga, es fuertemente reprimido por la opinión pública. Desaparece Dios porque es "incapaz" de resolver los problemas humanos cuya solución supuestamente queda en manos de unos cuantos miles de burócratas. El estado que es más bien el poder brutal que tiene en sus manos unos miles de burócratas resolverá "el mínimo vital" de todas las personas.

 Supongamos que esos burócratas organizados sean una entidad persona jurídica aparte y presumamos su buena fe: las "científicas" condiciones ideales. En esas circunstancias ¿cómo es posible que unos cuantos miles resuelvan el problema de 50 millones?

Asumiendo la posibilidad de la bondad del estado en este caso, ¿es eso posible? O como preguntaría el genial preguntón de Atenas citado por el desvergonzado envigadeño:

Sócrates: Decidme, pues, ¿irían mejor las cosas si uno solo tuviese muchos oficios o si cada uno se limitase al suyo?[3].



[1] SPOONER, Lysander. “El derecho natural: la ciencia de la justicia” En Wikisource tomado de http://es.wikisource.org/wiki/El_derecho_natural:_la_ciencia_de_la_justicia 08/10/2009 02:39 p.m. Capítulo III. El derecho natural contra la legislación. Segunda parte del Capítulo.
[2] Ibidem. Pág. 38
[3] GONZÁLEZ, Fernando.  Una Tesis - El derecho a no obedecer. Medellín, tercera edición, Universidad Pontificia Bolivariana, marzo de 1995. Versión en doc. Tomada de http://www.otraparte.org/ideas/1919-tesis.html 22/08/2009 12:57 p.m. Pág. 11 Citando el Coloquio II de la República.

miércoles, 6 de enero de 2010

MITOLOGÍA ACERCA DEL ESTADO (Segunda Parte)


EL ESTADO

El segundo tema es la definición de estado. Hobbes sostiene que como en el hipotético estado de naturaleza la vida de los hombres es infeliz[1], tuvo que haber habido un momento donde los hombres aceptaran que si todos tuvieran el poder se acabarían matando. Algo de verdad tiene Hobbes, sino puede observarse el caso colombiano donde los tres poderes (no esa división constitucional) –guerrilla, paramilitares y estado- viven para matarse. El problema es que, a pesar de vivir en condiciones históricas análogas a las de Hobbes, lo que hago es manifestar una oposición rotunda al estado.

Hobbes considera que el estado bien puede ser instituido bien sea por acuerdo entre las personas o por imposición. El estado por acuerdo “ha sido instituido cuando una multitud de hombres conviene y pacta, cada uno con cada uno, que a un cierto hombre o asamblea de hombres, por mayoría, el derecho de ser su representante.”[2] . De tal acto hipotético después se verá por qué surge la soberanía del estado que implica que no hay poder superior a éste. La posibilidad de la soberanía genera la siguiente posibilidad que se denomina razón de estado: “en cuarto lugar, como cada súbdito es autor de todos los actos y juicios  del soberano, cualquier cosa que el soberano haga no puede constituir injuria para ninguno de sus súbditos ni debe ser acusado de injusticia.”[3].

Vemos que el estado es pues esa entidad a la que las partes, para no matarse, ceden el poder para que los proteja. ¿Qué diferencia tiene este acto con el concierto para delinquir del que acusan a los criminales que se asociaron con los paramilitares para la protección de sus tierras?

2.       CONSTITUCIÓN.

La constitución no es más que el “acto humano” que le da origen al estado. Al respecto en la Constitución Política de Colombia de 1991 se ve en el Preámbulo la idea de tal “acto humano”:

“EL PUEBLO DE COLOMBIA en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana decreta, sanciona y promulga la siguiente…”[4]

Exactamente de la misma manera surge el estado para Hobbes:

“autorizo y transfiero a este hombre o asamblea de hombres mi derecho de gobernarme a mí mismo, con la condición que ustedes también lo transfieran a él o ellos, y autoricen todos sus actos de la misma manera.”[5]



[1] Ibidem. Pág. 23
[2] Ibidiem. Pág. 37.
[3] Ibidem. Pág. 39.
[4] Constitución Política de Colombia. Julio 4 de 1991.
[5] Ibidem. Pág. 36.

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