EL ESTADO
El segundo tema es la definición de estado. Hobbes sostiene que como en el hipotético estado de naturaleza la vida de los hombres es infeliz[1], tuvo que haber habido un momento donde los hombres aceptaran que si todos tuvieran el poder se acabarían matando. Algo de verdad tiene Hobbes, sino puede observarse el caso colombiano donde los tres poderes (no esa división constitucional) –guerrilla, paramilitares y estado- viven para matarse. El problema es que, a pesar de vivir en condiciones históricas análogas a las de Hobbes, lo que hago es manifestar una oposición rotunda al estado.
Hobbes considera que el estado bien puede ser instituido bien sea por acuerdo entre las personas o por imposición. El estado por acuerdo “ha sido instituido cuando una multitud de hombres conviene y pacta, cada uno con cada uno, que a un cierto hombre o asamblea de hombres, por mayoría, el derecho de ser su representante.”[2] . De tal acto hipotético después se verá por qué surge la soberanía del estado que implica que no hay poder superior a éste. La posibilidad de la soberanía genera la siguiente posibilidad que se denomina razón de estado: “en cuarto lugar, como cada súbdito es autor de todos los actos y juicios del soberano, cualquier cosa que el soberano haga no puede constituir injuria para ninguno de sus súbditos ni debe ser acusado de injusticia.”[3].
Vemos que el estado es pues esa entidad a la que las partes, para no matarse, ceden el poder para que los proteja. ¿Qué diferencia tiene este acto con el concierto para delinquir del que acusan a los criminales que se asociaron con los paramilitares para la protección de sus tierras?
2. CONSTITUCIÓN.
La constitución no es más que el “acto humano” que le da origen al estado. Al respecto en la Constitución Política de Colombia de 1991 se ve en el Preámbulo la idea de tal “acto humano”:
“EL PUEBLO DE COLOMBIA en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana decreta, sanciona y promulga la siguiente…”[4]
Exactamente de la misma manera surge el estado para Hobbes:
“autorizo y transfiero a este hombre o asamblea de hombres mi derecho de gobernarme a mí mismo, con la condición que ustedes también lo transfieran a él o ellos, y autoricen todos sus actos de la misma manera.”[5]
Para ir pensando. ¿Quién de nosotros firmó la constitución?
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