martes, 23 de diciembre de 2014

BREVES COMENTARIOS SOBRE LA REFORMA TRIBUTARIA

Para vergüenza mía tengo que confesar que he perdido el tiempo leyendo la reforma tributaria. Bueno, es algo "ñoño", aparte que no he entendido ni la mitad de sus consecuencias. Sin embargo, quisiera compartir mis apreciaciones dado que el gobierno se ha desgastado (y comprado con sus recursos) una serie de propagandas para insistir en la reforma tributaria. Una de esas es que no afecta a la clase media.

Lo primero que hay que decir es que la reforma tributaria cuenta con una redacción en extremo confusa. Los políticos no tienen incentivos para clarificar sus reformas tributarias porque quieren que nadie sepa para quien es el totazo. Y es verdad que de acuerdo con su publicidad una lectura rápida no muestra que se esté gravando a la clase media. Eso hay que estudiarlo a profundidad. 

JUGANDO AL IMPUESTO TEMPORAL
Pienso de lo que entendí y lo que pude leer entre líneas es que los impuestos que se crean son temporales. Una creación de impuestos temporales es entre señal de debilidad del estado y un peligro inmenso porque nada más permanente que un impuesto temporal. El mejor ejemplo es el 4 X 1000 que nació por decreto inconstitucionalmente para salvar a los bancos en el gobierno de Pastrana, pero luego se saneó la inconstitucionalidad. Este impuesto lo están desmontando desde que tengo uso de razón tributaria. La anterior reforma tributaria, no hace menos de 2 años, había ordenado su desmonte. Ésta ¡hace lo mismo, pero deroga el desmonte anterior! ¿Qué qué? ¡Más 4 X 1000 por ahora! Una reforma tributaria no puede venir sin beneficios. Así que también hay una prórroga de beneficios temporales de leyes anteriores.

EL DISCURSO DE LA CLASE MEDIA
Como la ley 1607 de 2014 gravó onerosamente con el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional a la renta donde claramente los ingresos eran de personas de clase media, esto fue muy criticado. La opinión pública y el análisis fueron claros al insistir lo intenso del gravamen. Como el gobierno quiere la paz, digo estar en paz, tiene que mostrar un discurso que no grave a la clase media. ¿Qué hacer entonces?

Una vieja estrategia que se remonta hasta Marx es generar en el colectivo la imagen del "capitalista" rico. "El rico es malo y no hay legitimidad en la forma de generarla". Por eso se crea el "impuesto a la riqueza". Que además es "transitorio". Dice el presidente:

"Por supuesto, esta reforma supone un esfuerzo para las empresas más grandes del país –unas 32 mil que tienen patrimonio superior a los mil millones de pesos– y para los colombianos más ricos –unos 50 mil que tienen también un patrimonio por encima de esa suma–.
Pero no afecta a la clase media del país, ni a las pequeñas y medianas empresas –las pymes–.
Además, como ya dije, esta reforma se hizo escuchando las inquietudes y sugerencias de los empresarios, motivo por el cual el impuesto a la riqueza –yo prefiero decirle impuesto contra la pobreza– desaparece en 2018.". http://wp.presidencia.gov.co/Noticias/2014/Diciembre/Paginas/20141223_03-Palabras-Presidente-Santos-sobre-la-sanciom-Ley-Reforma-Tributaria.aspx

Palabras más palabras menos hay que quitarle a los más ricos para darle a los más pobres. Pero, ¿Tiene el impuesto a la riqueza una destinación específica?  ¡No! O sea que lo que paguen por concepto de impuesto a la riqueza va a cualquier gasto del estado. No está ni dedicándose a los programas de primera infancia, educación, lucha contra la pobreza, etc. Así que Robin Hood no le está quitando a los ricos para darle a los pobres, sino quitándole a los ricos para darle al más rico e inútil: ¡el estado! Tan no es así que otro de los novedosos inventos es la "sobretasa al CREE" pero, a diferencia del CREE que sí tiene una destinación social específica:

ARTÍCULO 22°. No destinación específica. La sobretasa al impuesto sobre la renta para la equidad – CREE no tiene destinación específica. Los recursos que se recauden por este tributo no estarán sometidos al régimen previsto en los artículos 24 y 28 de la Ley 1607 de 2012, no formarán parte del Fondo Especial sin personería Fondo CREE, y harán unidad de caja con los demás ingresos corrientes de la Nación, de acuerdo con las normas previstas en el Estatuto Orgánico del Presupuesto. http://www.comunidadcontable.com/BancoMedios/Documentos%20PDF/105%20-%2014%20s%20-%20134%20-%2014%20c%20reforma%20tributaria.pdf

Sin embargo, en este impuesto hay una gran confusión entre riqueza y su medida. Los tan expertos en análisis económico y tributario parecen no comprender un balance. Un balance cuenta con activos líquidos y activos ilíquidos o fijos. Una empresa puede estar llena de activos fijos pero padecer iliquidez. 

¿Qué de la reforma toca a la clase media? Aunque cabe reconocer que de manera rápida no encuentro un empeoramiento a las condiciones de la "clase media" en materia tarifaria. Lo único es que el gobierno aumentó a las sociedades sujeto del "CREE" del 8% al 9%. Además de novedosos enredos en este impuesto.

¿Y es que el gobierno no beneficia a los ricos? Recordemos que el mencionado 4 X 1000 nació como el 2 X 1000 precisamente con la intención de salvar a los Bancos. Vea este video de Rudolf Homes cuando en aquella época http://youtu.be/bRgATyQm54A. Los comentarios agudos de Jaime Garzón son muy buenos ¿es que por encima de las leyes sociales están los bancos? ¿Es que los bancos cuando ganan no reparten y cuando pierden sí reparten? El estado es un aliado de los bancos, para eso puede leer a Mises que lo explica muy bien en el libro Human Action. Lo irónico del 4 X 1000 es que ¡terminó afectando a los bancos! ¿No ha oído a nadie decir "págueme en efectivo para que no me cobren el 4 X 1000"?

¿POR QUÉ HACERLO FÁCIL SI PODEMOS HACERLO DIFÍCIL?


Esta imagen de www.actualicese.com da en el punto de los enredos de la reforma tributaria. Ponga la primera parte del índice tapando el meñique y abrazando el anular, que a su vez atrapa el intermedio que abraza el meñique aunque sobresale. Finalmente deje el pulgar afuera. ¡La esencia es el pulgar afuera y los demás enrollados! Podemos hacerlo fácil como a la derecha, o difícil como a la izquierda ¡El efecto es el mismo!

Esa imagen, sin proponérselo, logra ser una descripción virtual del siguiente artículo: 

ARTÍCULO 16°. Modifíquese el artículo 23 de la Ley 1607 de 2012 el cual quedará así:

“Artículo 23. La tarifa del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE a que se refiere el artículo 20 de la presente ley, será del ocho por ciento (8%). 
Parágrafo. A partir del período gravable 2016, la tarifa será del nueve por ciento (9%).Parágrafo transitorio. Para los años 2013, 2014 y 2015 la tarifa del CREE será del nueve (9%). Este punto adicional se aplicará de acuerdo con la distribución que se hará en el parágrafo transitorio del siguiente artículo.” http://www.comunidadcontable.com/BancoMedios/Documentos%20PDF/105%20-%2014%20s%20-%20134%20-%2014%20c%20reforma%20tributaria.pdf

¿Qué? Lo que dice el artículo 23 se resume en "La tarifa del CREE será del 9%. Esta tarifa tiene efectos para los años 2013 y 2014 inclusive". Pero primero decir que es el 8%, luego que es el 9% desde el 2013. Incluyo la segunda frase simplemente porque la ley tiene efectos a futuro a menos que se especifique otra vigencia. Pero ¿para qué hacerlo en una frase si podíamos hacerla confusa?

¿IMPORTAN LOS ENREDOS EN LA ECONOMÍA?

A finales de la década de los 30 Ronald Coase planteaba la teoría de la firma donde incluía su exitosa creación del concepto de "costo de transacción". Los costos de transacción son lo que cuesta realizar un intercambio. Por ejemplo, salir a comprar ropa implica no solamente pagar el precio, sino también una tarde perdida en un centro comercial, unas medidas incómodas, caminar, gasolina, etc. Todo para comprar unos benditos zapatos. ¿Cuál es el costo de transacción de pagar impuestos? Lo primero es entender qué toca pagar, luego cuándo y luego cómo. 

Uno de los casos más comunes del pago de impuestos es la retención en la fuente. El que es agente retenedor tiene que aplicar unos enredos a la hora de pagarle a los "empleados". Pero un empleado tributario, además del empleado del Código Sustantivo de Trabajo, también lo es el independiente. Vea los artículos 383 y 384 del Estatuto Tributario sobre cómo se retiene el la fuente. Eso sin contar que tiene que pedirle el comprobante de pago de la seguridad social al independiente. Este costo de transacción de ignorarse puede generarse sanciones y de asumirse genera más trabajo al que lo hace. 

Si una reforma tributaria es confusa para un abogado, estudiante de maestría en economía con experiencia en el día a día tributario-contable. Es confusa, también, para expertos consultores en materia de impuestos y planeación tributaria ¿Va a ser fácil de entender para el trabajador del común? Hice el experimento con estudiantes de último semestre de una carrera donde tienen contabilidad, costos, impuestos, etc. en su pénsum y escasamente pudieron comprender el ejemplo anterior. 

En la medida en que los impuestos se hacen más confusos, es más difícil pagarlos. Esto implica una elección "no pagarlos y arriesgarse", "pagarlos y perder valiosas horas de productividad". Tampoco creo que ayude al recaudo, en la medida que la administración de impuestos estará muy ocupada entendiendo, aclarando, recibiendo interpretaciones diferentes. En Estados Unidos, y no es mi paradigma tributario, un doctor en ingeniería me decía que allá hacía fácilmente la declaración, acá le toca contratar un contador. Si un experto consultor se demoró un mes en entender el "Impuesto Mínimo Alternativo Nacional" ¿Va a ser fácil para las personas del común manejar estos costos? Y si los maneja ¡está dejando de pensar en cosas que sí le aportarían a su productividad! ¡Está dejando de producir y de trabajar por pagar impuestos! 

No faltará el que salga con que eso genera empleo para los contadores. La verdad no creo que un contador realmente gane con la reforma tributaria. Realmente una reforma confusa no aumenta la productividad del contador, realmente la disminuye, lo obliga a vivir de capacitación en capacitación y le dificulta llevar el trabajo que ya tiene. Es posible que pueda cobrar más, pero porque la demanda aumenta y la oferta disminuye. Puede que el contador cobre más pero ¿a qué costo? Al costo de una labor más compleja. Es como decir que el médico ganaría más con la enfermedad, pues sí, pero hasta el punto que le den sus fuerzas: ¡Bendita sea la enfermedad que da trabajo a los médicos!

¿INEVITABLE?
Puede que usted sea un creyente ferviente de esa ideología llamada Constitución de 1991. Que ame el estado social de derecho, como si por ponerle "social" capitán Constitución resolviera la pobreza, que crea que pagar impuestos es bueno. Crea usted que el  estado es un generoso Robin Hood que le quita a los "ricos tacaños" y que por ende, es inevitable resolver el déficit fiscal. Sepa varias cosas:

A) La reforma tributaria trae más confusión, una mayor confusión tributaria es un virus que eleva los costos de producción de todas las empresas. Eso ya de por sí es una pérdida.

B) Tenga en cuenta que hay muchas labores del estado que no tienen sentido. Por ejemplo, piense en el cargo de procurador judicial que todos sabemos que son una traba en procesos, especialmente los penales donde se juega con la libertad de las personas. Y ¿cuánto ganan? Piense en los carruseles de pensiones de las altas cortes mientras el juez promedio no tiene ni lapiceros. Tenga en cuenta la desigualdad de muchos funcionarios donde los altos tienen salario en especie con vehículos, escolta, entre otras. ¡Sí, la burocracia es más desigual todavía que las empresas privadas! 

C) Tenga en cuenta que las reformas tributarias son confusas porque se quiere ocultar su verdadero sentido. Por eso incluyen exenciones con nuevos gravámenes lo que las hace más confusas todavía. Las exenciones se dan a costa de los gravámenes favoreciendo grupos económicos concretos. Lea algunas de las exenciones o descuentos y verá cómo los "ricos" pero "especiales" también ganan. Además si la intención es cubrir el "hueco fiscal" ¿cree que va a haber más descuentos que beneficios? Los beneficios son el "premio de consolación", ¿no cree que su intención es más psicológica?

D) Finalmente, si quiere que el estado cubra el déficit funcionaría mejor si pensara en disminuir el gasto y priorizar. No se tiene que hacer una reforma tributaria si la intención es favorecer a los más pobres. Lo que se tiene que hacer es darle prioridad a los más pobres sacrificando el valioso "servicio" del procurador judicial, las pensiones presidenciales, el número de Congresistas, el carrusel de pensiones. ¿Cuánto no es el gasto de los órganos de control? 


CONCLUSIÓN
Concluir sobre 52 páginas y 72 artículos que remiten a otros artículos no termina aquí. La reforma tributaria no se acabó ¡apenas empieza! Pronto va a haber decretos, resoluciones, conceptos de la DIAN, seminarios, cursos, actualizaciones (en menos de dos años), sentencias, líos, enredos... Va a haber líos para resolver los líos, enredos para aclarar los enredos. Así si razona ad infinitum los enredos que trae la reforma son infinitos. Si quiere profundice en http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=2157804, un análisis especial de las leyes tributarias gringas, que al lado de las colombianas son ¡fáciles! Así que esto es cuestión de tiempo que se difundan los daños que hace la reforma, por más buenas intenciones que tengan quienes la promovieron...


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